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Más sobre seguridad en la red: ¿nadie está a salvo?

Mark Sanford, gobernador republicano del estado norteamericano de Carolina del Sur, le dijo cierta vez a su mujer que se iba en busca de soledad y tranquilidad para poder escribir un libro. Lo cierto es que el tipo se tomó un avión hacia Buenos Aires haciendo mutis por el foro para encontrarse con una de nuestras morochas argentinas, María Belén Chapur. A partir de allí, el caos: amarillismo, arrepentimiento, pedidos de renuncia y una ocasión de oro para los que, serrucho en mano, estaban esperando una oportunidad política.

Ahora bien, ¿qué tiene que ver esta historia con un blog sobre tecnología como este? La seguridad, ciertamente. Traigo a colación este caso, no para hacer un juicio de valores sobre este personaje y la función pública, sino para hablar de la seguridad en la red.

El periódico más importante del propio estado del futuro ex-governor, el influyente The State, publicó el jueves 25 varios de los e-mails que se cruzaron entre Sanford y el crédito local, los cuales fueron rápidamente reproducidos por todos los medios del planeta.

El contenido de estos e-mails, que se «filtró» a la prensa sin mayores detalles -¿andaban por ahí, vieron una hendija y se metieron?-, tiene cierto voltaje erótico comprensible para una relación de este tipo, que los hizo muy atractivos a los medios.

Sin embargo, poco o nada se ha hablado de la violación a la privacidad que significa que esos mails hayan tomado estado público. Más allá de las razones por las que pudiera requerirse su lectura, sólo debería poder accederse a ellos mediante una orden judicial. Por caso, la inviolabilidad de la correspondencia es en nuestro país un derecho absoluto garantizado por nuestra Carta Magna,

La Constitución asegura el secreto de la correspondencia y de los papeles privados de cada uno, porque ambos atributos constituyen la esfera inviolable de la vida privada, que da mayor sentido a la libertad personal. En el mismo sentido la correspondencia tiene amparo en la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Asimismo, la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales declara en su artículo 1ro. que,

La presente ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional.

De este modo, no hay razón o excusa para que por cualquier medio se haga pública la correspondencia privada entre dos personas, sea del tenor que sea, sin la intervención de la justicia con motivos fundados.

Por otro lado el usuario promedio -si, como usted lector- nunca se pregunta que procesos intervienen entre la salida del e-mail desde su computadora hasta la de su destinatario.

¿Por qué manos pasa toda nuestra comunicación electrónica? Yo, alguna idea tengo. ¿Y usted?

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Un comentario en “Más sobre seguridad en la red: ¿nadie está a salvo?

  1. danielkaar dijo:

    jajaja… para mí que son manos mágicas

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